Él vive. Tú pagas. Y aún así, él habla de derechos.
Lo escuchas por teléfono.
Lo lees por WhatsApp.
Lo repite en cada conversación:
“Tengo derechos. No me puedes echar así como así.”
Y tú, mientras tanto:
- Sigues pagando la hipoteca cada mes.
- Abonas el IBI, la comunidad, el seguro.
- Te enfrentas a gastos, estrés, burocracia…
- Y ni siquiera puedes usar tu vivienda.
La sensación es de impotencia, injusticia, rabia.
Porque tú eres quien paga por algo que él disfruta gratis.
¿De verdad tiene tantos derechos como dice?
La respuesta es: sí y no.
La ley protege al inquilino. Pero también te protege a ti.
El problema es que casi nadie te explica cómo ejercer tus derechos como propietario.
Y ahí es donde entramos nosotros:
👉 En JR Abogados llevamos más de 25 años desmontando frases como:
“No me puedes echar”,
“La ley me protege”,
“Tú no puedes hacer nada”.
¿Por qué el inquilino cree que puede hacer lo que quiera?
Porque muchas leyes recientes han reforzado su posición, especialmente con:
- La Ley de Vivienda (Ley 12/2023)
- El Código Civil
- Las interpretaciones jurisprudenciales
- La doctrina del “derecho a la vivienda” como derecho fundamental
Y por eso piensa que:
- Aunque no pague, puede quedarse.
- Aunque haya contrato, puede prolongar la estancia.
- Aunque tú necesites la casa, no puedes recuperarla fácilmente.
👉 Pero eso no es del todo cierto.
¿Qué derechos tiene el propietario que paga la hipoteca?
Tú, como propietario-arrendador, tienes más derechos de los que crees:
- Derecho a resolver el contrato si no se cumple
- Derecho a reclamar rentas e intereses
- Derecho a recuperar la vivienda por necesidad
- Derecho a que no se prorrogue el contrato si lo notificas en plazo
- Derecho a solicitar medidas cautelares
- Derecho a reclamar daños y perjuicios
- Y sí: derecho a desahuciar legalmente.
Frases típicas que dicen los inquilinos… y lo que dice realmente la ley
“No me puedes echar, tengo menores a cargo”
✅ FALSO.
La presencia de menores no impide el desahucio, aunque puede provocar suspensión temporal si se declara vulnerabilidad.
En JR Abogados hemos conseguido desahucios a familias con menores cuando:
- No acreditan vulnerabilidad real
- Hay mala fe o abuso
- Tú acreditas tu necesidad como arrendador
“Estoy empadronado, no puedes sacarme”
✅ FALSO.
El empadronamiento no crea derecho de posesión.
Es solo un registro administrativo.
Tener a alguien empadronado no impide el desahucio ni te obliga a mantenerlo allí.
“Puedo quedarme hasta que acabe el contrato, aunque no pague”
✅ FALSO.
El impago de renta es causa de resolución anticipada.
Y puedes iniciar desahucio en cuanto haya un mes de impago.
No hace falta esperar al fin del contrato.
“No tengo a dónde ir, así que no me puedes echar”
✅ FALSO.
La falta de alternativa habitacional puede justificar una suspensión provisional, pero no impide el desalojo.
Y menos aún si tú demuestras que necesitas la vivienda o que eres un arrendador vulnerable.
¿Qué dice la ley sobre tu derecho a recuperar lo que es tuyo?
El Código Civil, la LAU y la jurisprudencia del Tribunal Supremo reconocen tu derecho como propietario a disponer de tu vivienda.
Incluso la propia Ley de Vivienda (tan criticada por muchos) establece que el arrendador también debe ser protegido si cumple las normas.
¿Qué herramientas legales tienes para actuar?
En JR Abogados usamos todas las vías legales para recuperar tu vivienda de forma firme, segura y efectiva.
✅ 1. Envío de burofax con requerimiento
Es el primer paso. Lo hacemos:
- A los pocos días de impago
- Con advertencia de acciones legales
- Con exigencia de pago o entrega de llaves
- Acreditando cumplimiento de la Ley MASC
📨 Puedes enviarlo desde:
👉 https://burofaxabogado.es
✅ 2. Demanda de desahucio
Si no responde, iniciamos demanda por:
- Impago de renta
- Vencimiento de contrato
- Uso indebido del inmueble
- Precario, si no hay contrato o ha finalizado
Incluye:
- Petición de lanzamiento
- Reclamación de rentas
- Solicitud de condena en costas
- Embargo si hay sentencia
✅ 3. Oposición a falsas declaraciones de vulnerabilidad
Si se declara vulnerable, lo desmontamos con pruebas:
- Ingresos ocultos
- Subarriendos
- Bienes o vehículos
- Testigos o vecinos
👉 En muchos casos, el juez levanta la suspensión del desahucio.
✅ 4. Declaración de tu propia necesidad
La ley permite resolver el contrato si:
- Necesitas la vivienda para ti o un familiar
- Lo notificas con 2 meses de antelación
- El contrato lleva más de 1 año
👉 Te ayudamos a cumplir los requisitos y defender tu necesidad con pruebas médicas, laborales o familiares.
✅ 5. Reclamación por daños, suministros y pérdidas
Además de recuperar la vivienda, puedes reclamar:
- Daños estructurales o estéticos
- Impagos de agua, luz o gas
- Meses sin uso ni renta
- Indemnización por uso indebido
👉 Todo con facturas, informes periciales y demanda civil si es necesario.
Casos reales gestionados por JR Abogados
🔹 Inquilino con contrato de 5 años dejó de pagar tras 8 meses
Se negaba a irse. Decía que “tenía derechos”.
Enviamos burofax, iniciamos desahucio.
Juez ordenó lanzamiento en 3 meses. Recuperamos 3.200 € de rentas.
🔹 Familia con menores y empadronamiento
Propietario quería recuperar su piso. Desmontamos alegación de vulnerabilidad.
Se acreditó que el arrendador era jubilado con pensión baja.
El desahucio se ejecutó sin suspensión.
🔹 Inquilina con contrato vencido no se iba
Alegó que no tenía alternativa. Se probó que tenía otra vivienda en propiedad.
Recuperamos el inmueble con costas a favor.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cortar suministros para forzar su salida?
No. Es delito de coacciones. Solo puedes actuar por vía judicial.
¿Me sirve de algo que yo esté pagando hipoteca?
Sí. Acredita que la vivienda tiene un coste real para ti. Puede ser clave para oponerte a suspensiones.
¿Y si el contrato fue verbal o venció hace años?
Puedes demandar por precario. No necesitas contrato escrito.
¿Cuánto tarda un desahucio con JR Abogados?
Entre 2 y 5 meses, dependiendo del juzgado y si hay oposición. A veces el inquilino se va al recibir la demanda.
¿Puedo recuperar el dinero además de la vivienda?
Sí. Demandamos por rentas, suministros, daños y gastos derivados.
¿Por qué elegir JR Abogados?
- ✅ Más de 25 años defendiendo a arrendadores
- ✅ Especialistas en desahucios y contratos de alquiler
- ✅ Demandas potentes y redacción impecable
- ✅ Trato directo y atención personalizada
- ✅ Recuperamos tu vivienda y tu dinero
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Él dice que tiene derechos.
Pero tú pagas la hipoteca. Tú pagas los gastos. Tú lo sufres.
Es hora de hacer valer los tuyos.
JR Abogados. Lo que es tuyo, se defiende.

